Cd. Juárez, Chihuahua. México .

Abril 22 de 2024    

 
 
 
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--Las candidaturas no se juegan a la suerte…

--Obispos de Chihuahua: que pierda el abstencionismo

--Red nacional de Abogadas Indígenas



REVIERTE.- A 72 horas del formal arranque de las campañas locales no todo está escrito en materia de candidaturas, pues resulta que el Tribunal Estatal Electoral revocó el procedimiento de tómbola aplicado por el Instituto Estatal Electoral ante las designaciones de partidos que o no cumplían la cuota de género o las acciones afirmativas.

TÓMBOLA.- En ese precepto se encuentran 11 postulaciones que se devolverán a los institutos políticos para que los reinstauren, toda vez que el sorteo o tómbola no es un mecanismo regulado en la Constitución o la Ley Electoral ni abona a los principios de equidad e inclusión.


PLATOS.- Así pues, la resolución impacta en candidaturas que fueron canceladas indebidamente por el IEE como la de José Luis Villalobos García y su suplente David Ramos Félix, quienes iban por diputaciones plurinominales y se dejó a la suerte que ellos pagaran el incumplimiento del PRI para postular a personas con discapacidad.

ROTOS.- Lo mismo con Eduardo Araujo Gill y Juan Bustamante, registrados para contender por la alcaldía y suplencia de Batopilas y pagaron los platos rotos de que Morena no llevara a mujeres indígenas en la planilla de regidurías.

DESACREDITÓ.- Asimismo, Gabriela Guadalupe Reyes Arzate aspirante a síndica de Ciudad Juárez por México Republicano, a quien el IEE le canceló el registro por no acreditar la residencia en aquel municipio. Otros tres expedientes deberán reconsiderarse para postulaciones de pueblos originarios que el IEE desacreditó pero el Tribunal sí validó. Entonces ahora a retomar campañas.




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OPLES.- Ayer de hecho, la Red nacional de Abogadas Indígenas publicó en sus redes sociales, un desplegado en el que manifestó su preocupación porque el INE y los Organismos Públicos Locales Electorales enmarcaron la identidad originaria en una tendencia utilitaria a través de la autoadscripción calificada.

ARBITRIO.- Lo que en términos llanos quiere decir que rechazaron a postulantes y admitieron a otros que carecen de vínculo real con sus comunidades o no tienen arraigo con su territorio, pues no hay huella de una agenda social o defensa de derechos colectivos de los pueblos pero sí ondean la bandera indígena.

FUERA.- Las abogadas cuestionaron que el INE y los OPLES se centraron en constancias emitidas por autoridades municipales o locales y en cambio dejaron fuera la opinión más valiosa y por ello, pidieron respeto a los espacios políticos de la población indígena. Así las cosas.



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